Jornada no laborable con carácter de feriado pago
Recordamos a los empleadores y a nuestros trabajadores que el 22 de abril de cada año, acorde al CCT 660/13 (art. 20) está determinado como Día del Gremio. Dicho artículo dice así: «…Fíjase el 22 de abril de cada año, el Día del Empleado de la Industria de la Construcción No Laborable, adquiriendo el carácter de Feriado Pago, alcanzando el beneficio a todos los empleados amparados por la UECARA, sin que se vean afectados los servicios operativos de la empresa y para el caso del personal que deba cumplir tareas ese día, será remunerado como feriado trabajado…»