Desde el 1 de junio los beneficiarios que cuenten con medicamentos recetados de forma genérica y se encuentren registrados en los padrones de la obra social, deberán validar el pedido médico en la farmacia donde compran habitualmente.
Según la nueva normativa, no necesitan enviar a autorizar a la obra social los planes del 70% y 100% con patologías crónicas, insulino-dependientes, antidiabéticos orales, Plan materno infantil, anticoncepción, discapacidad.
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Vías de contacto
Le recordamos a nuestros asociados que la única vía de comunicación con OSPATCA es a través de correo electrónico:⠀
- Si necesitas autorizar un estudio escribinos a autorizaciones@ospatca.com.ar o lgomez@ospatca.com.ar⠀
- Si necesitas autorizar recetas escribinos a serviciomedico@ospatca.com.ar⠀
- Si necesitas autorizar medicamentos de alto costo (Tratamiento oncológico, HIV, esclerosis múltiple, etc.) escribinos a medicacionac@ospatca.com.ar⠀
- Si tenes que gestionar un reintegro escribinos a insumos@ospatca.com.ar⠀
- Si tenes algún inconveniente con la obra social escribinos a info@ospatca.com.ar⠀